El TEE apalea al IEPC por el caso de la elección municipal en Ayutla
Fernando Polanco Ochoa/IRZA
Chilpancingo, Gro.- El pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE) invalidó este jueves las asambleas electivas de las autoridades comunitarias de Ayutla de los Libres, por sistema normativo interno de usos y costumbres, y ordenó al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) reponer el proceso.
Por unanimidad, el pleno del TEE, revocó el Acuerdo 194/SE/07-08-2024, mediante el cual el Consejo General del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) validó las dos asambleas efectuadas el domingo 28 de julio, una oficial y la otra alterna.
Dos grupos de ciudadanos se disputan el poder en ese municipio de la Costa Chica de Guerrero.
De acuerdo con el proyecto de resolución de la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, el IEPC validó las dos asambleas “sin fundamentar y motivar debidamente”. El órgano electoral, cabe precisar, convocó sólo a una Asamblea.
La asamblea “oficial” se efectuó en la Unidad Deportiva de Ayutla, entre pobladores “mestizos” y de la etnia Tu’un Savi, quienes eligieron a Carmen Karina Salazar Bermúdez, como coordinadora presidenta del Concejo Comunitario Municipal.
Ese mismo día un grupo de representantes inconformes de las etnias “Me’Phaa” y “Tu’un Savi”, abandonaron la Asamblea General “oficial” e instalaron una alterna, donde eligieron a Inés Gatica Dircio, como presidenta del Concejo Municipal.
La inconformidad de los pobladores surgió porque el Consejo General del IEPC validó las dos asambleas y legitimó la elección de las dos propuestas, mediante el Acuerdo 194/SE/07-08-2024.
Al respecto la resolución de la magistrada Hilda Rosa Delgado Brito concluye en que el IEPC “no se ajustó al procedimiento estipulado en los lineamientos” y “contravino el derecho humano colectivo de libre determinación, autonomía y autogobierno de la comunidad indígena de Ayutla de los Libres”.
La validación de las dos asambleas, añade, generó “un conflicto intracomunitario”, mismas que “adolecen de irregularidades” y no son “acordes a lo establecido en la Convocatoria y los Lineamientos”.
“Lo anterior, toda vez que la asamblea general, como máximo órgano no se puede dividir en dos, porque esto implica que hubo dos elecciones y la toma de decisiones se realizó de forma separada, lo que no es acorde con la naturaleza de la asamblea, misma que debe ser considerada como un todo”, añade.
Consecuentemente declaró “la invalidez de las Asambleas celebradas el veintiocho de julio” y la “nulidad de las Actas de Asamblea Comunitaria de Representantes y Autoridades de esa fecha”.
Por tanto, ordenó al IEPC, a través de las comisiones de Elección, de Sistemas Normativos Pluriculturales, y al resto de las autoridades vinculadas, reponer la Asamblea Municipal Comunitaria de Representantes y Autoridades de Ayutla para elegir a los integrantes del Concejo Municipal Comunitario para el periodo 2024-2027. (www.agenciairza.com)