El IEPC ratificó su nominación de Gloria Citlali como candidata a diputada como miembro de LGBTTTIQ+

– Hay elementos para sostenerla: consejero Amadeo Guerrero

– La morenista busca ser reelecta como legisladora local

Fernando Polanco Ochoa/IRZA
Chilpancingo, Gro.-
 El Consejo General del Instituto Electoral y Participación Ciudadana (IEPC-Guerrero) ratificó el registro de la diputada Gloria Citlali Calixto Jiménez, como candidata de Morena a la reelección por el principio de representación proporcional bajo la acción afirmativa  LGBTTTIQ+ (declaración de pertenencia a esta comunidad).

El acuerdo propuesto al pleno por el consejero Amadeo Guerrero Onofre, presidente de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos, fue aprobado por unanimidad durante la vigésima cuarta sesión extraordinaria de este viernes.

La citada candidata fue registrada por Morena en el segundo lugar de la lista de diputados por el principio de representación proporcional para la elección del próximo 2 de junio, quien lleva como suplente a Alma Jessica Pérez Vargas, quien también se reconoce como miembro de la comunidad LGBTTTIQ+.

Durante la sesión de este viernes el IEPC dio respuesta a la sentencia del Tribunal Electoral del Estado (TEE), en el expediente TEE/JEC/026/2024 y acumulados, mediante el cual ordenó revisar la viabilidad de la candidatura, tras la impugnación que promovieron activistas de la comunidad LGBTTTIQ+ encabezados por el abogado Alberto Serna Mogollón, quienes reclamaron la presunta usurpación de la acción afirmativa por Gloria Citlali Calixto Jiménez y Alma Jessica Pérez Vargas.

En el acuerdo propuesto al pleno el consejero Amadeo Guerrero informó que, en el análisis realizado, encontró elementos documentales que acreditaron la acción afirmativa de la diversidad sexual.

Analizaron, dijo, las constancias expedidas por el colectivo LGBTTTIQ “Orgullo Guerrero” que extendió a favor de las candidatas, el informe de actividades legislativas a favor de la comunidad presentadas por Citlali Calixto, en funciones de diputada local, así como las manifestaciones de colectivos y ciudadanía organizada.

“A criterio de este órgano colegiado lo apegado a derecho es otorgar el registro de las personas postuladas”, concluyó.

Agregó que, de acuerdo con criterios de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, sustentados en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la autoadscripción “es el único elemento para determinar la identidad de las personas y el Estado no puede cuestionarla ni solicitar prueba alguna al respecto”.

Consecuentemente el Estado no puede ni debe exigir un comportamiento social específico, apariencia física o cuerpo determinado, un estilo de vida privada en particular, un estado civil, preferencias y o orientaciones sexuales, un reconocimiento comunitario, ni que tengan o no descendencia, “para tener comprobada la identidad, sexo genérica de una persona”.

Consecuentemente concluyó en que “no existe base legal para exigir mayores requisitos para acreditar la pertenencia al grupo de la diversidad sexual debido a su propia característica y respeto a la identidad y dignidad de las personas”. Todos los consejeros ratificaron el criterio y avalaron el acuerdo por unanimidad. (www.agenciairza.com)

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