Comprueban agravio del CEN del PAN a la líder panista en San Marcos
Fernando Polanco Ochoa/IRZA
Chilpancingo, Gro.- El pleno del Tribunal Electoral del Estado (TEE) declaró fundado el agravio de la Comisión Nacional de Justicia del Partido Acción Nacional (PAN) en agravio de Felícita Navarrete Neri, presidenta del Comité Municipal de San Marcos, región Costa Chica.
Lo anterior, al revocar la resolución CJ/REC/11/2022 emitida por CNJ del CEN del PAN, por procedimientos incorrectos en el pago de prerrogativas.
La historia del caso inició el 3 de junio del 2022, cuando Felícita Navarrete denunció ante la Comisión Intrapartidaria que el presidente del Comité Directivo Estatal, Eloy Salmerón Díaz, cometió irregularidades en la distribución de las prerrogativas de los años 2019 y 2020.
El aco reclamado, cabe recordar, fue ratificado por la Comisión Nacional de Justicia del CEN del PAN, en cuya resolución resolvió el reintegro de las prerrogativas, pero en especie, por lo que Navarrete Neri recurrió al TEE.
Este jueves, con base al proyecto TEE/JEC/019/2023 de la Magistrada Hilda Rosa Delgado Brito, el pleno del TEE aprobó por unanimidad revocar la sentencia de la Comisión Intrapartidaria del PAN, tras considerar que valoró incorrectamente el “pago de prerrogativas adeudadas en especie, lo que la condujo a una determinación incongruente”.
Además, determinó incorrectamente que la omisión de pago no impidió el ejercicio del cargo y omitió resolver respecto al ocultamiento de información, así como actuar con perspectiva de género.
Eso se derivó de que la denunciante solicitó el reembolso de las prerrogativas en efectivo, pero la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional lo ordenó en especie, lo cual se estimó incorrecto.
“Toda vez que omitió establecer el sustento jurídico, la normativa estatutaria o reglamentaria del PAN que fundamentaran la forma el pago en especie que ordenó, actualizando así una falta de fundamentación y motivación, en evidente vulneración a la garantía de legalidad; además de ser incongruente al resultar contradictoria entre lo pedido por la actora y lo ordenado por la responsable”, concluye el proyecto.
Sin embargo, en el proyecto resolutivo no se indica a cuánto asciende el monto reclamado por la dirigente de ese partido en el municipio de San Marcos, región de Costa Chica. (www.agenciairza.com)