Fernando Polanco Ochoa/IRZA
Chilpancingo, Gro.- Este miércoles iniciarán los cómputos de los resultados oficiales de la elección del pasado domingo 2 de junio en los 28 Consejos Distritales del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC-Guerrero).
Culminada la jornada de los cómputos, el órgano electoral emitirá la declaración de validez de la elección de ayuntamientos y diputados locales por el principio de mayoría relativa y entregará las constancias a los candidatos electos.
La cuadragésima sexta sesión del IEPC está programada para las 08:00 horas de este miércoles, la cual será seguida desde el Consejo General del mismo IEPC. Los Consejos Distritales, cabe precisar, están distribuidos en todo el estado.
De acuerdo con el órgano electoral, los cómputos distritales consisten en “sumar los resultados anotados en las actas de escrutinio y cómputo que fueron llenadas en las casillas, con el propósito de determinar el número de votos que obtuvo cada candidatura”.
“Constituyen los resultados definitivos de la elección y únicamente pueden cambiar derivado de alguna sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”, precisó este martes el IEPC.
Apenas el lunes el consejero Edmar León García precisó que el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) tiene efectos estrictamente informativos para la ciudadanía, cuyas tendencias no son oficiales ni definitivas.
En consecuencia los Consejos Distritales del IEPC deberán realizar nuevamente el escrutinio y cómputo de las casillas cuando el paquete electoral se reciba con muestras de alteración, los resultados de las actas no coincidan, si detectan alteraciones evidentes en las actas que generen duda fundada sobre el resultado de la elección.
Además, si no existe el acta de escrutinio y cómputo en el expediente de la casilla, ni obre en poder de la Presidencia, existan errores o inconsistencias evidentes en los distintos elementos de las actas, salvo que puedan corregirse o aclararse con otros elementos a satisfacción plena de quien lo haya solicitado.
Pero también cuando el número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre las candidaturas ubicadas en el primero y segundo lugares de la votación y cuando todos los votos hayan sido depositados a favor de un mismo partido o candidatura.
Cabe precisar que el recuento de votos se realiza también en los Consejos Distritales y solo por determinación de los tribunales electorales cuando existe un acto de impugnación de algún candidato, siempre y cuando se confirmen las inconsistencias.
“…cuando un acta presente inconsistencias o alteraciones, cuando el paquete electoral se reciba con muestras de alteración, cuando el número de votos nulos sea mayor a la diferencia entre las candidaturas ubicadas en el primero y segundo lugares en votación, entre otros supuestos”. (www.agenciaiza.com)
